Organización Comunitaria de carácter funcional, denominada Agrupación de Usuarios de Ascensores de Valparaíso, cuyas preocupaciones fundamentales son: Proteger y preservar dicho medio de transporte público de la ciudad, así como la protección de sus usuarios. Obtuvimos personalidad jurídica bajo la Ley de Organizaciones Comunitarias Nº 19.418, en la Municipalidad de Valparaíso, quedando incorporada en el Registro Nº 2748 , de fecha 24 de abril de 2009 de dicha Municipalidad.
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Necesitamos conocer el dictamen de 1925, acerca de la disposición municipal que consagra esta forma de moovilización como bien público , al igual que los burros, trenes , micros , colectivos, etc.La municipalidad respectiva no puede alegar falta de responsabilidad en los ascensores que son de su exclusiva jurisdicciòn , como es el caso , entre otros , del ascensor San Agustín , que , a la fecha , ha sido reemplazado en su parte eléctrico-mecánica , posibilitando su uso normal. No funciona.
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